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Economía: Concedida subvención para el Convenio Marco de Ventanilla Unica en Candeleda
Enviado el Miércoles, 24 de noviembre de 2004
Economia En el BOCYL número 227 del miércoles 24 de Noviembre de 2004, se ha publicado la concesión de una subvención de 2.250€ al Ayuntamiento de Candeleda para la adquisición de equipamiento informático destinado al registro administrativo de entrada y salida de documentos, dentro del Convenio Marco de Ventanilla Única firmado por la Junta de Castilla y León y las Entidades Locales de esta Comunidad.

A continuación reproducimos el texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León, número 227, del miércoles 24 de Noviembre de 2004:

ORDEN PAT/1762/2004, de 22 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de subvenciones a Entidades Locales adheridas al Convenio Marco de Ventanilla Única, para la adquisición de equipamiento informático destinado al registro administrativo de entrada y salida de documentos.

Por Orden PAT/1328/2004, de 19 de agosto, se convocaron subvenciones a Entidades Locales adheridas al Convenio Marco de Ventanilla Única, para la adquisición de equipamiento informático destinado al registro administrativo de entrada y salida de documentos, con cargo a la aplicación presupuestaria 0109.121A03.76032.0.

Vista la Propuesta de la Dirección General de Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa, así como las solicitudes presentadas, de conformidad con los criterios establecidos en la Orden de Convocatoria, y en virtud de lo establecido en la Base Octava de dicha Orden, DISPONGO:

Primero.– Conceder subvenciones a las Entidades Locales que figuran en el Anexo I de la presente Orden, en la cuantía que para cada una de ellas se detalla en dicho Anexo, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de la Base Séptima de la Orden de Convocatoria.

Segundo.– Conceder subvenciones a las Entidades Locales que figuran en el Anexo II de la presente Orden, en la cuantía que para cada una de ellas se detalla en dicho Anexo, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 de la Base Séptima de la Orden de Convocatoria.

Tercero.– Publicar en el Anexo III la relación de Entidades Locales solicitantes que han resultado excluidas, indicando las respectivas causas de exclusión.

Cuarto.– La fecha límite para que las Entidades Locales beneficiarias de subvención presenten la documentación justificativa a la que se refiere la Base Novena de la Orden de convocatoria será el 30 de noviembre de 2004.

Quinto.– Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de acuerdo con los dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio del derecho de los interesados a ejercitar cualquier otro que puedan considerar pertinente para la defensa de sus intereses.

Valladolid, 22 de noviembre de 2004.
El Consejero,
Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO


 
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